SECCION IV - INCISOS DE LA ADMINISTRACION CENTRAL INCISO 10 - MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PUBLICAS
Artículo 273
Facúltase al Ministerio de Transporte y Obras Públicas a solicitar
información respecto a las pesadas de vehículos comerciales que realicen
las empresas públicas y privadas generadoras o receptoras de carga, con el
fin de facilitar el control del cumplimiento de las normas sobre límites
de peso de vehículos de transporte. El contenido mínimo de dicha
información y su forma de entrega, así como las sanciones por
incumplimiento, serán establecidos por la reglamentación.