APROBACION DE RENDICION DE CUENTAS Y BALANCE DE EJECUCION PRESUPUESTAL. EJERCICIO 2007




Promulgación: 06/10/2008
Publicación: 15/10/2008
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2008
  •    Página: 1210
Referencias a toda la norma

SECCION IV - INCISOS DE LA ADMINISTRACION CENTRAL
INCISO 08 - MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGIA Y MINERIA

Artículo 237

 Cométese al Inciso 08 "Ministerio de Industria, Energía y Minería",
Unidad Ejecutora 008 "Dirección Nacional de Energía y Tecnología Nuclear",
la realización de los análisis que correspondan para detectar la presencia
de material radiactivo en los productos alimenticios que se importen al
país.

Dichos análisis podrán ser sustituidos por certificados o constancias
emitidas en origen por laboratorios debidamente acreditados, los cuales
serán homologados en caso de cumplir con los límites estipulados como
aceptables para el público por la Autoridad Reguladora Nacional en
Radioprotección (artículos 173 y 174 de la Ley Nº 17.930, de 19 de
diciembre de 2005).
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