APROBACION DE RENDICION DE CUENTAS Y BALANCE DE EJECUCION PRESUPUESTAL. EJERCICIO 2007




Promulgación: 06/10/2008
Publicación: 15/10/2008
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2008
  •    Página: 1210
Referencias a toda la norma

SECCION IV - INCISOS DE LA ADMINISTRACION CENTRAL
INCISO 04 - MINISTERIO DEL INTERIOR

Artículo 124

 Increméntanse en el Inciso 04 "Ministerio del Interior" los créditos en
el objeto del gasto 291.001 "Servicio de Vigilancia y Custodia - Artículo
222 Ley Nº 13.318", Financiación 1.2 "Recursos con Afectación Especial",
en todos los programas y unidades ejecutoras hasta alcanzar, en valores
corrientes, el monto equivalente a la ejecución presupuestal del Ejercicio
2007.

Esta disposición entrará en vigencia a partir de la promulgación de la
presente ley.
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