Reglamentada por: Decreto Nº 274/010 de 08/09/2010. Ver: Ley Nº 19.869 de 02/04/2020 artículo 5 (interpretativo).
CAPITULO III - DE LOS DERECHOS
El Estado, por intermedio del Ministerio de Salud Pública, está obligado a informar públicamente y en forma regular sobre las condiciones sanitarias en el territorio nacional.