CREACION DE LOS CONSORCIOS DE EXPORTACION




Promulgación: 25/07/2008
Publicación: 05/08/2008
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2008
  •    Página: 243

Artículo 6

 (Resoluciones de los miembros. Mayorías).- Salvo que en el contrato constitutivo se establezca otra cosa, la asamblea de los miembros del Consorcio de Exportación constituido como GIE adoptará sus resoluciones por mayoría, entendiéndose por tal la mayoría absoluta del capital. La modificación del contrato constitutivo y la disolución anticipada de los Consorcios de Exportación requerirán, salvo disposición contractual en contrario, el consentimiento de al menos dos tercios del capital.
En el caso de constituirse como consorcios, el contrato establecerá la
forma de tomar resoluciones.
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