POLICIA. LEY DE PROCEDIMIENTO POLICIAL




Promulgación: 05/07/2008
Publicación: 22/07/2008
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2008
  •    Página: 18
Reglamentada por: Decreto Nº 317/010 de 26/10/2010.
Referencias a toda la norma

TITULO I - PARTE GENERAL
CAPITULO II - EL MANDO POLICIAL

Artículo 8

 (Manifestación de la disciplina y límites a la obediencia debida).- La
disciplina policial se manifiesta en la subordinación de grado a grado y
por el respeto y la obediencia sin dilaciones a la orden legítima del
superior.
El personal policial tiene especialmente prohibido cumplir órdenes
manifiestamente ilegales o que atenten contra los derechos humanos o el
sistema republicano democrático de gobierno. En estos casos, la obediencia
a una orden superior nunca será considerada como eximente o atenuante de
responsabilidad.(*)

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículos: 12 y 15.
Referencias al artículo
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