POLICIA. LEY DE PROCEDIMIENTO POLICIAL




Promulgación: 05/07/2008
Publicación: 22/07/2008
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2008
  •    Página: 18
Reglamentada por: Decreto Nº 317/010 de 26/10/2010.
Referencias a toda la norma

TITULO III - LA POLICIA AUXILIAR DE LA JUSTICIA
CAPITULO VI - PROCEDIMIENTOS DE PREVENCION Y CONTROL EN VEHICULOS Y CONDUCTORES
SECCION I - CONTROL DE VEHICULOS Y CONDUCTORES

Artículo 142

 (Espirometría).- Se puede investigar a cualquier persona que conduzca un
vehículo ante la eventual presencia y concentración de alcohol u otras
drogas en su organismo a través del procedimiento de espirometría. Al
conductor que se rehusare a los exámenes antes referidos se le retendrá la
licencia de conducir y se le advertirá que la negativa supone presunción
de responsabilidad en la violación de las normas de reglamentación de
tránsito.

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 143.
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