Reglamentada por: Decreto Nº 344/008de 16/07/2008.
(Base imponible).- La base imponible estará constituida por la suma de los ingresos gravados, devengados en el ejercicio. En el caso de que existan rentas en especie, el Poder Ejecutivo establecerá los criterios de valuación aplicables.
(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 16 (vigencia).Content-Type: text/html; charset=ISO-8859-1
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