LEY DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL Y DESARROLLO SOSTENIBLE




Promulgación: 18/06/2008
Publicación: 30/06/2008
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2008
  •    Página: 1420
Reglamentada por:
      Decreto Nº 523/009 de 16/11/2009,
      Decreto Nº 221/009 de 11/05/2009.
Referencias a toda la norma

TITULO V - LA ACTUACION Y CONTROL EN EL MARCO DEL ORDENAMIENTO TERRITORIAL
CAPITULO I - ACTUACION TERRITORIAL

Artículo 61

  (Fraccionamiento, edificación o utilización obligatorias).- Los
instrumentos de ordenamiento territorial podrán establecer, para
perímetros de actuación en los territorios comprendidos en éstos, la
obligación de parcelamiento, edificación o utilización de suelo no
utilizado, subutilizado o no edificado, debiendo fijar las condiciones y
los plazos para la implementación de dicha obligación. El incumplimiento
configurará falta a los deberes territoriales. El propietario afectado
podrá requerir de la Administración la instrumentación de una operación
territorial concertada con ésta como forma de viabilización financiera de
su obligación y de relevar su incumplimiento.
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