Reglamentada por: Decreto Nº 449/008 de 17/09/2008.
CAPITULO VII - DISPOSICIONES GENERALES
(Naturaleza jurídica de los aportes).- Los aportes a que refiere la presente ley tienen el carácter de prestaciones pecuniarias establecidas en favor de una persona pública no estatal (artículo 1° del Código Tributario).