(Derecho a la libertad de expresión, comunicación e información y a
fundar un medio de comunicación por radiodifusión).- La radiodifusión es
un soporte técnico para el ejercicio, preexistente a cualquier
intervención estatal, del derecho humano a la libertad de expresión y a la
libertad de información. Por ello no existirá otra limitación a la
utilización del espectro radioeléctrico que la resultante de establecer
las garantías para el ejercicio de los derechos de todos los habitantes de
la República, lo que define los límites y el carácter de la intervención
estatal en su potestad de administrar la asignación de frecuencias.