LEY DE TRANSITO Y SEGURIDAD VIAL




Promulgación: 14/11/2007
Publicación: 28/11/2007
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2007
  •    Página: 1129
Ver: Ley Nº 19.824 de 18/09/2019 artículo 47 (sustituye la expresión 
"accidentes" por la expresión "incidente vial").
Referencias a toda la norma

MEDIDAS DE PREVENCION Y CONTROL
PRUEBA DE ALCOHOL U OTRAS DROGAS EN SANGRE

Artículo 49

 Cuando un conductor o peatón deba someterse, de conformidad con la
disposición anterior, a un análisis de sangre para determinar la
concentración de alcohol en su organismo, la correspondiente extracción
sólo podrá realizarse por médico, enfermero u otro técnico habilitado y en
condiciones sanitarias acordes con las pautas establecidas por la
autoridad competente con el asesoramiento del Ministerio de Salud Pública.
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