LEY DE TRANSITO Y SEGURIDAD VIAL




Promulgación: 14/11/2007
Publicación: 28/11/2007
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2007
  •    Página: 1129
Ver: Ley Nº 19.824 de 18/09/2019 artículo 47 (sustituye la expresión 
"accidentes" por la expresión "incidente vial").
Referencias a toda la norma

ACCIDENTES Y SEGURO OBLIGATORIO

Artículo 44

 Todo vehículo automotor y los acoplados remolcados por el mismo que
circulen por las vías de tránsito, deberán ser objeto de un contrato de
seguro de responsabilidad civil por daños a terceros con la cobertura que
determine la ley, que lo declarará obligatorio.

Referencias al artículo
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