SECCION IV - INCISOS DE LA ADMINISTRACION CENTRAL INCISO 06
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
Artículo 170
Créase en el Inciso 06 "Ministerio de Relaciones Exteriores" una "Unidad
de Análisis Estratégico", como órgano asesor dependiente jerárquicamente
del Ministro de Relaciones Exteriores, la que trabajará en coordinación
con el Instituto Artigas del Servicio Exterior.
Asígnase una partida anual de $ 734.400 (setecientos treinta y cuatro mil cuatrocientos pesos uruguayos) con cargo a la Financiación 1.1 "Rentas
Generales", a efectos de atender los gastos de funcionamiento de la Unidad
de Análisis Estratégico. (*)
(*)Notas:
Inciso 2º) redacción dada por: Ley Nº 18.834 de 04/11/2011 artículo 139.
Inciso 2º) ver vigencia: Ley Nº 18.834 de 04/11/2011 artículo 2.
TEXTO ORIGINAL: Ley Nº 18.172 de 31/08/2007 artículo 170.