APROBACION DE RENDICION DE CUENTAS Y BALANCE DE EJECUCION PRESUPUESTAL. EJERCICIO 2006




Promulgación: 31/08/2007
Publicación: 07/09/2007
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2007
  •    Página: 489
Referencias a toda la norma

SECCION IV - INCISOS DE LA ADMINISTRACION CENTRAL
INCISO 05 MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Artículo 165

 Encomiéndase al Inciso 05 "Ministerio de Economía y Finanzas" y a la
Oficina de Planeamiento y Presupuesto, la formulación del diseño
institucional de las actividades de compras del Estado, en tanto
componente de las políticas públicas básicas, para su aprobación por parte
del Poder Ejecutivo, en un plazo no mayor a ciento ochenta días a partir
de la promulgación de la presente ley. El Poder Ejecutivo dará cuenta a la
Asamblea General y, de corresponder, propondrá las regularizaciones
necesarias en la siguiente instancia presupuestal.

                               
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