DEFENSA DE LA LIBRE COMPETENCIA EN EL COMERCIO




Promulgación: 20/07/2007
Publicación: 30/07/2007
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2007
  •    Página: 135
Reglamentada por: Decreto Nº 404/007 de 29/10/2007.
Referencias a toda la norma

CAPITULO I - DISPOSICIONES GENERALES

Artículo 3

 (Ambito subjetivo).- Todas las personas físicas y jurídicas, públicas y
privadas, nacionales y extranjeras, que desarrollen actividades económicas
con o sin fines de lucro, en el territorio uruguayo, están obligadas a
regirse por los principios de la libre competencia.

Quedan también obligados en idénticos términos, quienes desarrollen
actividades económicas en el extranjero, en tanto éstas desplieguen total
o parcialmente sus efectos en el territorio uruguayo.
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