DERECHO AL REFUGIO Y A LOS REFUGIADOS. LEY DE REFUGIADOS




Promulgación: 19/12/2006
Publicación: 05/01/2007
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2006
  •    Página: 1690
Referencias a toda la norma

TITULO I - DEL REFUGIO Y LOS REFUGIADOS
CAPITULO VI - DEBERES Y DERECHOS DEL REFUGIADO

Artículo 20

 (Derechos humanos).- El Estado deber garantizar a los refugiados y solicitantes de refugio el goce y ejercicio de los derechos civiles, económicos, sociales, culturales y todos los demás derechos inherentes a la persona humana reconocidos a los habitantes de la República, en los instrumentos internacionales de derechos humanos suscritos por el Estado, así como en su normativa interna. 
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