APROBACION DE RENDICION DE CUENTAS Y BALANCE DE EJECUCION PRESUPUESTAL. EJERCICIO 2005




Promulgación: 24/10/2006
Publicación: 31/10/2006
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2006
  •    Página: 957
Referencias a toda la norma

SECCION III - FUNCIONARIOS
CAPITULO 3 - REMUNERACIONES

Artículo 98

 Asígnase al Inciso 11 "Ministerio de Educación y Cultura", programa 014
"Asesoramiento a la Justicia Penal en Materia Económico Financiera del
Estado", unidad ejecutora 022 "Junta Asesora en Materia Económico
Financiera del Estado", una partida anual de $ 1.500.000 (un millón
quinientos mil pesos uruguayos) para la contratación de profesionales y
técnicos. Dichas contrataciones se harán efectivas en el régimen previsto
por el artículo 337 de la Ley Nº 17.296, de 21 de febrero de 2001, y
podrán comprender todo tipo de actividades de naturaleza técnica.
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