MODIFICACION AL CODIGO PENAL. ESTATUTO DE ROMA DE LA CORTE PENAL INTERNACIONAL. GENOCIDIO. CRIMENES DE LESA HUMANIDAD. CRIMENES DE GUERRA




Promulgación: 25/09/2006
Publicación: 04/10/2006
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2006
  •    Página: 723
Referencias a toda la norma

PARTE I
PRINCIPIOS GENERALES

Artículo 6

 (Improcedencia de asilo y refugio).- No corresponderá conceder asilo ni
refugio cuando existan motivos fundados para considerar que la persona ha
cometido un crimen o delito de los tipificados en la presente ley, aun
cuando reuniera las demás condiciones para ser asilado o solicitar
refugio.

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 19.
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