SECCION IV - INCISOS DE LA ADMINISTRACION CENTRAL INCISO 02 - PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA
Artículo 74
Habilítase en la unidad ejecutora 008 "Oficina Nacional del Servicio
Civil" del Inciso 02 "Presidencia de la República", en el objeto del
gasto 057, una partida anual de $ 627.000 (seiscientos veintisiete mil
pesos uruguayos) a los efectos de atender las contrataciones de becarios
o pasantes en la mencionada unidad ejecutora.