PRESUPUESTO NACIONAL DE SUELDOS GASTOS E INVERSIONES. EJERCICIO 2005 - 2009




Promulgación: 19/12/2005
Publicación: 23/12/2005
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2005
  •    Página: 1405
Referencias a toda la norma

SECCION III - ORDENAMIENTO FINANCIERO

Artículo 50

 Los Incisos 02 al 15 del Presupuesto Nacional deberán registrar, en la
forma y condiciones que establezca la Contaduría General de la Nación y
dentro de los treinta días siguientes al cierre de cada mes, la
información relativa a la utilización de los fondos recibidos.
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