PRESUPUESTO NACIONAL DE SUELDOS GASTOS E INVERSIONES. EJERCICIO 2005 - 2009




Promulgación: 19/12/2005
Publicación: 23/12/2005
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2005
  •    Página: 1405
Referencias a toda la norma

SECCION V - ORGANISMOS DEL ARTICULO 220 DE LA CONSTITUCION DE LA
REPUBLICA
INCISO 16 - PODER JUDICIAL

Artículo 399

Los profesionales de las Defensorías de Oficio Públicas, con título
universitario que ocupen el cargo de Procurador a la fecha de la entrada
en vigencia de la presente ley, mantendrán todos sus derechos conforme a
lo establecido por el artículo 135 de la Ley Nº 16.462, de 11 de enero de
1994.
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