SECCION IV - INCISOS DE LA ADMINISTRACION CENTRAL INCISO 12 - MINISTERIO DE SALUD PUBLICA
Artículo 299
El Centro de Información y Referencia Nacional de la Red Drogas tendrá
los siguientes cometidos:
A) Atender a los usuarios de drogas en situación de intoxicación
crónica, de intensidad moderada a severa, vinculados a drogas de
abuso de alto impacto psicofísico y social, así como en situación
clínica residual del tratamiento de las intoxicaciones agudas, con
o sin demanda posterior de tratamiento.
B) Actuar en red con los actores más importantes del primer nivel de
atención: Centros de Salud y Policlínicas de la Red de Atención
del Primer Nivel de la Administración de los Servicios de Salud
del Estado, Intendencias Municipales, Hospital de
Clínicas-Toxicología, Policlínicas Comunitarias, Dirección Nacional
de Sanidad de las Fuerzas Armadas, Dirección Nacional de Sanidad
Policial, Policlínicas de Adolescentes del Centro Hospitalario
Pereira Rossell y organizaciones no gubernamentales.
C) Convocar a los servicios universitarios de diferentes disciplinas,
para en términos de extensión universitaria, unir esfuerzos en
torno a este emprendimiento.
D) Interrelacionarse y apoyar la actuación en el campo de lucha
contra las adicciones con el conjunto de organizaciones sociales,
universitarias, públicas y privadas.