PRESUPUESTO NACIONAL DE SUELDOS GASTOS E INVERSIONES. EJERCICIO 2005 - 2009




Promulgación: 19/12/2005
Publicación: 23/12/2005
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2005
  •    Página: 1405
Referencias a toda la norma

SECCION IV - INCISOS DE LA ADMINISTRACION CENTRAL
INCISO 12 - MINISTERIO DE SALUD PUBLICA

Artículo 282

 Suprímense en la unidad ejecutora 070 "Dirección General de la Salud",
Programa 003, las siguientes funciones de Alta Prioridad: un Coordinador
de Regionales de Salud, seis Directores Regionales, dos Adjuntos
Dirección General de la Salud, dos Asesores Técnicos Dirección General de
la Salud, siete Directores de Departamento Dirección General de la Salud;
y créanse en la misma unidad ejecutora, diecinueve cargos de Directores
Departamentales de Salud, los que estarán comprendidos en el literal E)
del artículo 9º de la Ley Nº 15.809, de 8 de abril de 1986.

(*)Notas:
Ver: Ley Nº 19.535 de 25/09/2017 artículo 141 (se transfiere competencias 
de la "Dirección General de la Salud" a la "Dirección General de 
Coordinación").
Referencias al artículo
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