SECCION IV - INCISOS DE LA ADMINISTRACION CENTRAL INCISO 12 - MINISTERIO DE SALUD PUBLICA
Artículo 264
El Inciso 12 "Ministerio de Salud Pública" implementará un Sistema
Nacional Integrado de Salud con el objetivo de establecer la atención
integral de todos los habitantes residentes en el país, garantizando su
cobertura equitativa y universal.
Dicho sistema se articulará sobre la base de la complementación público -
privada y tendrá como estrategia global la atención primaria en salud,
privilegiando el primer nivel de atención, las acciones de promoción,
prevención y rehabilitación.
El sistema complementará los servicios públicos y privados de forma de
alcanzar la atención integral y de calidad adecuada a todos los
habitantes.