PRESUPUESTO NACIONAL DE SUELDOS GASTOS E INVERSIONES. EJERCICIO 2005 - 2009




Promulgación: 19/12/2005
Publicación: 23/12/2005
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2005
  •    Página: 1405
Referencias a toda la norma

SECCION IV - INCISOS DE LA ADMINISTRACION CENTRAL
INCISO 10 - MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PUBLICAS

Artículo 221

 Los vehículos que sean abandonados en las rutas nacionales o retenidos
en los puestos de control, a cargo del Ministerio de Transporte y Obras
Públicas o de concesionarios, y que permanezcan por un plazo mayor a
sesenta días sin que sean reclamados por sus propietarios, serán
considerados en abandono, en cuyo caso el referido Ministerio podrá
disponer la subasta de los mismos, previa declaración al respecto que
deberá publicarse en el Diario Oficial.
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