SECCION IV - INCISOS DE LA ADMINISTRACION CENTRAL INCISO 10 - MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PUBLICAS
Artículo 219
Autorízase por razones fundadas a dejar sin efecto las sanciones
asociadas a las boletas de contravención extendidas hasta la entrada en
vigencia de la presente ley, con motivo de infracciones por exceso de
peso, comprobadas mediante los instrumentos de pesaje con los que opera
el Ministerio de Transporte y Obras Públicas.