PRESUPUESTO NACIONAL DE SUELDOS GASTOS E INVERSIONES. EJERCICIO 2005 - 2009




Promulgación: 19/12/2005
Publicación: 23/12/2005
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2005
  •    Página: 1405
Referencias a toda la norma

SECCION IV - INCISOS DE LA ADMINISTRACION CENTRAL
INCISO 09 - MINISTERIO DE TURISMO Y DEPORTE

Artículo 202

 Habilítase en la unidad ejecutora 002 "Dirección Nacional de Deporte"
del Inciso 09 "Ministerio de Turismo y Deporte", una partida de 
$ 2.500.000 (dos millones quinientos mil pesos uruguayos) en el Grupo 1
"Bienes de Consumo", y una partida de $ 2.500.000 (dos millones
quinientos mil pesos uruguayos) en el Grupo 2 "Servicios No Personales",
con destino a la promoción y desarrollo del deporte infantil y juvenil.
La Contaduría General de la Nación habilitará los objetos de gasto
correspondientes para cumplir lo dispuesto en el inciso precedente.
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