SECCION IV - INCISOS DE LA ADMINISTRACION CENTRAL INCISO 08 - MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGIA Y MINERIA
Artículo 196
El monto de todas las retribuciones personales así como las cargas
sociales y demás prestaciones de carácter salarial de los funcionarios de
la Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones (URSEC) será
reembolsado a Rentas Generales con cargo a sus recursos con afectación
especial mediante el procedimiento que establezca la Contaduría General
de la Nación.