SECCION IV - INCISOS DE LA ADMINISTRACION CENTRAL INCISO 05 - MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
Artículo 121
Podrán ser usuarios del presente régimen, los organismos de la
Administración Central, Entes Autónomos, Servicios Descentralizados,
Gobiernos Departamentales y personas de derecho público no estatal, con
quienes podrá comunicarse directamente y de quienes podrá requerir todo
tipo de información necesaria para el cumplimiento de sus cometidos.