FINANCIAMIENTO DE LAS ELECCIONES DEPARTAMENTALES




Promulgación: 22/09/2004
Publicación: 29/09/2004
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2004
  •    Página: 715

Artículo 7

 Las sumas anticipadas, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 
anterior, serán descontadas del monto total de la contribución a percibir 
por las personas que las hayan recibido. 
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