AUTORIZACION DE PASES Y REDISTRIBUCION DE FUNCIONARIOS PUBLICOS PARA LA URSEC. CREACION DE LA TASA DE CONTROL DEL MARCO REGULATORIO DE COMUNICACIONES




Promulgación: 07/09/2004
Publicación: 14/09/2004
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2004
  •    Página: 530

Artículo 1

   Autorízase el pase en comisión y la redistribución de funcionarios 
públicos provenientes de cualquier dependencia estatal, a la Unidad 
Reguladora de Servicios de Comunicaciones (URSEC).

   El pase en comisión o la redistribución será dispuesto por el Poder 
Ejecutivo a propuesta fundada de la comisión que dirige la Unidad 
Reguladora. El organismo al cual pertenece el funcionario cuyo pase en 
comisión o redistribución se solicite, podrá oponerse al mismo en caso de
considerar que el funcionario resulta imprescindible para el cumplimiento
de sus cometidos.

   En caso de redistribución, los funcionarios se incorporarán en el 
escalafón, grado y denominación que correspondan según la estructura de 
puestos de trabajo de la unidad. Si la remuneración del cargo o función 
de origen fuera inferior a la de destino, percibirán esta última, y si 
fuera superior mantendrán la remuneración de origen con todos sus 
componentes.

   Sin perjuicio de lo dispuesto en los incisos precedentes, el personal de la URSEC podrá integrarse con quienes contrate el Poder Ejecutivo en 
función de los resultados de los concursos públicos realizados al efecto,
con bases formuladas por la URSEC y en las que podrán establecerse 
preferencias a favor de los funcionarios provenientes de las 
administraciones cuyos cometidos son atribuidos a ella por la Ley Nº 
17.296, de 21 de febrero de 2001.

BATLLE - YAMANDU FAU - ISAAC ALFIE - LEONARDO GUZMAN
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