Ley N° 17787
FINANCIAMIENTO DE LAS ELECCIONES NACIONALES
Promulgación: 29/06/2004
Publicación: 05/07/2004
- Registro Nacional de Leyes y Decretos:
- Tomo: 1
- Semestre: 1
- Año: 2004
- Página: 1545
Artículo 9
Los gastos previstos serán financiados con cargo a lo establecido en
el numeral 3) del artículo 464 de la Ley Nº 15.903, de 10 de noviembre de
1987.
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