FINANCIAMIENTO DE LAS ELECCIONES NACIONALES




Promulgación: 29/06/2004
Publicación: 05/07/2004
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2004
  •    Página: 1545

Artículo 9

   Los gastos previstos serán financiados con cargo a lo establecido en
el numeral 3) del artículo 464 de la Ley Nº 15.903, de 10 de noviembre de 
1987.
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