FIJACION PLAZO DE 45 DIAS HABILES A LOS ORGANISMOS DEL ESTADO PARA REMITIR LOS DATOS E INFORMES SOLICITADOS POR LOS LEGISLADORES




Promulgación: 21/07/2003
Publicación: 30/07/2003
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2003
  •    Página: 195

Artículo 6

 En los pedidos de informes solicitados a partir del 15 de febrero de 
2000 y no contestados a la promulgación de la presente ley, los plazos 
referidos en los artículos anteriores se computarán a partir de ésta.
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