APROBACION DE LA NUEVA LEY DE BANCOS




Promulgación: 27/12/2002
Publicación: 31/12/2002
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2002
  •    Página: 1749
Referencias a toda la norma

SECCION III - SUBSIDIO POR DESEMPLEO

Artículo 58

 (Cómputo del período de desocupación y del subsidio).- Los subsidios por 
desempleo establecidos en la presente ley constituyen asignaciones 
computables y los períodos en que se gozan los mismos se computan como 
tiempo trabajado a los efectos de los años de servicios. (*)

(*)Notas:
Reglamentado por: Decreto Nº 11/003 de 14/01/2003.
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