SECCION II - RACIONALIZACION DE LA ESTRUCTURA POLITICA DEL ESTADO
Artículo 5
El Poder Ejecutivo proyectará y pondrá a consideración del Poder
Legislativo la reestructuración, conformación y funcionamiento o la
supresión de las diversas Comisiones, Juntas, Delegaciones, Direcciones y
toda entidad que se financie total o parcialmente con recursos del
Presupuesto Nacional y que funcionan en el ámbito de la Administración
Central, aún cuando tengan carácter de persona de derecho público no
estatal, asegurando el cumplimiento de sus cometidos. (*)