RENDICION DE CUENTAS Y BALANCE DE EJECUCION PRESUPUESTAL. EJERCICIO 2001




Promulgación: 18/09/2002
Publicación: 19/09/2002
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2002
  •    Página: 837
Referencias a toda la norma

SECCION IX - DISPOSICIONES VARIAS

Artículo 169

 Sólo serán beneficiarios y atributarios de las prestaciones de actividad 
a cargo del Banco de Previsión Social aquellos trabajadores que estando 
comprendidos en las normas de inclusión, sean contribuyentes de los 
aportes a la seguridad social recaudados por el referido organismo. (*)

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 2 (vigencia).
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