SECCION VIII - GOBIERNOS DEPARTAMENTALES
Transfiérese a los Gobiernos Departamentales respectivos, la titularidad de los padrones referidos en la Ley N° 12.710, de 5 de mayo de 1960, que permanezcan a nombre de la llamada Comisión Nacional de Ayuda a los Damnificados. (*)
(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 2 (vigencia).