Establécese que la competencia que actualmente le corresponde al
Ministerio de Deporte y Juventud en la formación de recursos humanos
docentes en materia de educación física, será ejercida por la Universidad
de la República.
Lo establecido en el inciso precedente se pondrá en vigencia cuando el
Poder Ejecutivo y la Universidad de la República acuerden la
transferencia de los recursos humanos y materiales a los efectos de
desarrollar el ejercicio de dicha competencia. (*)
(*)Notas:
Reglamentado por: Decreto Nº 594/005 de 30/12/2005.
Ver en esta norma, artículo:2 (vigencia).