RENDICION DE CUENTAS Y BALANCE DE EJECUCION PRESUPUESTAL. EJERCICIO 2001




Promulgación: 18/09/2002
Publicación: 19/09/2002
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2002
  •    Página: 837
Referencias a toda la norma

SECCION V - INCISOS DE LA ADMINISTRACION CENTRAL

Artículo 135

 Suprímese en el Inciso 12 "Ministerio de Salud Pública", programa 005 
"Administración del Subsidio para la Atención Médica", la unidad 
ejecutora 067 "Escuela de Sanidad Dr. José Scoseria".

Transfiérense al Consejo de Educación Técnico-Profesional de la 
Administración Nacional de Educación Pública los cargos y funciones 
contratadas así como los créditos presupuestales correspondientes a la 
unidad ejecutora suprimida por el inciso anterior.

Asimismo, transfiérense a dicho organismo los recursos de afectación 
especial y los créditos financiados con cargo a los mismos, y el inmueble 
ubicado en Montevideo empadronado con el Nº 3424 perteneciente al 
Ministerio de Salud Pública.

La presente norma será reglamentada por el Poder Ejecutivo, quedando 
facultada la Contaduría General de la Nación a efectuar las 
trasposiciones de créditos necesarias al efecto. (*)


(*)Notas:
Reglamentado por:
      Decreto Nº 89/006 de 22/03/2006,
      Decreto Nº 90/006 de 22/03/2006.
Ver en esta norma, artículo: 2 (vigencia).
Referencias al artículo
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