RENDICION DE CUENTAS Y BALANCE DE EJECUCION PRESUPUESTAL. EJERCICIO 2001




Promulgación: 18/09/2002
Publicación: 19/09/2002
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2002
  •    Página: 837
Referencias a toda la norma

SECCION V - INCISOS DE LA ADMINISTRACION CENTRAL

Artículo 117

 Cométese al Ministerio de Relaciones Exteriores determinar los méritos 
para el concurso de ingreso a los cursos de formación del Instituto 
Artigas del Servicio Exterior establecido por el inciso segundo del 
artículo 36 del Decreto-Ley Nº 14.206, de 6 de junio de 1974, en la 
redacción dada por el artículo 295 de la Ley Nº 15.809, de 8 de abril de 
1986, a fin de incluirlos oportunamente en el Estatuto del Funcionario 
del Servicio Exterior. A tales efectos se deberá contemplar los títulos 
universitarios emitidos por la Universidad de la República y 
universidades privadas legalmente habilitadas, o por universidades 
extranjeras, y debidamente revalidados, vinculados a las áreas de 
Economía, Administración, Derecho, Ciencias Sociales y Relaciones 
Internacionales. (*)


(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 2 (vigencia).
Ayuda