Facúltase a la Administración Nacional de Usinas y Trasmisiones
Eléctricas (UTE) a exonerar del pago de multas, recargos por mora y tasas
de corte y reconexión, a los clientes de tarifa residencial, a los que se
les hubiera cortado el servicio por falta de pago y cuya deuda por
consumos no exceda de $ 3.000 (pesos uruguayos tres mil).