APROBACION DE LA LEY DE REACTIVACION ECONOMICA. INDUSTRIA DE LA CONSTRUCCION




Promulgación: 18/09/2002
Publicación: 19/09/2002
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2002
  •    Página: 818
Reglamentada por: Decreto Nº 377/002 de 28/09/2002.
Referencias a toda la norma

Artículo 73

 Facúltase al Poder Ejecutivo a implementar un Plan Agrícola de 
Emergencia para los próximos cultivos de verano. Este podrá consistir en 
una canasta de insumos (combustibles, fertilizantes, herbicidas) que se 
instrumentará a través del Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca, 
de la Administración Nacional de Combustibles, Alcohol y Pórtland (ANCAP) 
y del Banco de la República Oriental del Uruguay.
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