PRESUPUESTO NACIONAL DE SUELDOS GASTOS E INVERSIONES. EJERCICIO 2000 2004




Promulgación: 21/02/2001
Publicación: 23/02/2001
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2001
  •    Página: 306
Referencias a toda la norma

SECCION IV - INCISOS DE LA ADMINISTRACION CENTRAL

INCISO 02 - PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA
UNIDAD REGULADORA DE SERVICIOS DE COMUNICACIONES

Artículo 83

   El Directorio de la Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones podrá delegar atribuciones en sus subordinados por  unanimidad de sus miembros, pudiendo avocar por mayoría simple los asuntos que fueran objeto de 
delegación. (*)

(*)Notas:
Redacción dada por: Ley Nº 19.889 de 09/07/2020 artículo 269.

TEXTO ORIGINAL: Ley Nº 17.296 de 21/02/2001 artículo 83.
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