PRESUPUESTO NACIONAL DE SUELDOS GASTOS E INVERSIONES. EJERCICIO 2000 2004




Promulgación: 21/02/2001
Publicación: 23/02/2001
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2001
  •    Página: 306
Referencias a toda la norma

SECCION II - FUNCIONARIOS
CAPITULO I - NORMAS GENERALES

Artículo 7

    El Poder Ejecutivo remitirá a la Asamblea General a efectos de su 
aprobación los proyectos de estructura, organización o reestructura de 
los Incisos 02 a 15 del Presupuesto Nacional. Pasados cuarenta y cinco 
días sin pronunciamiento expreso, los mismos se considerarán aprobados.
Referencias al artículo
Ayuda