SECCION VI - ORGANISMOS DEL ARTICULO 220 DE LA CONSTITUCION DE LA REPUBLICA INCISO 27 - INSTITUTO NACIONAL DEL MENOR
Artículo 544
Increméntase la partida otorgada para gastos de funcionamiento del
Instituto Nacional del Menor en las siguientes sumas y en los años que se
indican:
Año Importe
2001 $ 12:000.000
2002 $ 12:000.000
2003 $ 12:000.000
2004 $ 12:000.000