SECCION VI - ORGANISMOS DEL ARTICULO 220 DE LA CONSTITUCION DE LA REPUBLICA INCISO 16 - PODER JUDICIAL
Artículo 452
Créanse en el Inciso 16 del Poder Judicial los siguientes cargos:
Cant. Esc. Denominación Vigencia
3 I Juez Letrado 1ª Instancia Interior 1º de Enero de 2001
5 IV Mediadores 1º de Enero de 2001
1 Q Subdirector General 1º de Enero de 2002
3 I Juez de Paz Departamental Interior 1º de Enero de 2002
5 IV Mediadores 1º de Enero de 2002
Asígnase el Grado 11 a los cargos de "Mediadores" creados por este
artículo.- (*)
(*)Notas:
Inciso final agregado/s por: Decreto Nº 312/001 de 08/08/2001 artículo 1.