SECCION IV - INCISOS DE LA ADMINISTRACION CENTRAL INCISO 14 - MINISTERIO DE VIVIENDA, ORDENAMIENTO TERRITORIAL Y MEDIO AMBIENTE
Artículo 403
Autorízase al Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio
Ambiente a regularizar en régimen de función pública a los funcionarios
que revistan en calidad de contratados en la Dirección Nacional de
Vivienda amparados en el artículo 455 de la Ley Nº 16.736, de 5 de enero
de 1996, con independencia de la fecha de ingreso a la contratación. Las
regularizaciones dispuestas financiarán con cargo a la partida asignada
en el derivado 0.8.4.301 "Retribuciones Previstas para Reestructurar".