SECCION IV - INCISOS DE LA ADMINISTRACION CENTRAL INCISO 14 - MINISTERIO DE VIVIENDA, ORDENAMIENTO TERRITORIAL Y MEDIO AMBIENTE
Artículo 396
El Estado, a través del Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial
y Medio Ambiente, otorgará los subsidios y préstamos para vivienda,
aislada o agrupada, en idéntico régimen, entre quienes se encuentren en
igualdad de condiciones conforme a las diversas categorías de ingreso del
núcleo familiar que establezca cada Plan Quinquenal de Vivienda.