SECCION IV - INCISOS DE LA ADMINISTRACION CENTRAL INCISO 12 - MINISTERIO DE SALUD PUBLICA
Artículo 352
Las facturas por prestaciones asistenciales brindadas por las
dependencias de la Administración de los Servicios de Salud del Estado
(ASSE), a socios de las instituciones de asistencia médica privada,
particular o colectivas, debidamente conformadas, y no deducidas por el
Banco de Previsión Social (BPS), constituirán título ejecutivo a todos
los efectos legales.